Refugio-Dificultades y contratos de alquiler

Hacia 1959 se inician una serie de dificultades para el Grupo Alpino Ganguren respecto a la situación administrativa del refugio. El primer problema aparece reflejado en una carta dirigida al alcalde de Zeanuri por el presidente del club, Ignacio Ealo, fechada el 28 de Febrero de 1959. En ella explica cómo, personados en dicho ayuntamiento dos directivos días antes para tratar sobre otro asunto con el secretario, éste les había informado: "... que el refugio aludido se hallaba registrado a nombre de Victor Legorburu". Ante los deseos de los dos directivos de que el refugio figurase a nombre del club, sigue manifestando el Sr. Secretario la conveniencia de que el club lo solicite por escrito acompañado de una carta del Sr. Legorburu donde se haga constar su renuncia.

Se explicaba también que, informado el antiguo presidente, había indicado que su firma sólo aparecía en concepto de aval. Por esta razón se pedirá al alcalde de Zeanuri su posicionamiento al respecto.

Unos días después se recibía un oficio informando al club del estado del refugio con relación a la alcaldía. El 11 de Abril, el presidente contestaba:

"Sinceramente, he de manifestarle mi desconocimiento de que el refugio de este Grupo Alpino Ganguren fuera autorizado para seis años, plazo que caducó hace ya tres."

Se solicitaba por tanto, que fuese prorrogado el acuerdo, abonando con carácter retroactivo la cantidad que se creyese conveniente.

No aparece ningún otro documento relacionado con el tema hasta 1962. En ese momento se recibe una notificación dando cuenta de como el refugio de Arraba pasaba a propiedad exclusiva del Ayuntamiento de Zeanuri. Del mismo modo se indicaba que no existiendo permiso de construcción por escrito y al tener derecho Orozko a los pastos, ambos ayuntamientos habían llegado a dicho acuerdo.

La directiva, no conforme con esta decisión, inició inmediatamente conversaciones con los dos municipios y la Federación para aclarar el asunto. La explicación que reciben se basa en la legislación vigente, según la cual, aún existiendo permiso de construcción, al cabo de ciertos años todo revertía en el ayuntamiento propietario del terreno.

No le queda otra solución al club que realizar los trámites para un contrato de arrendamiento. A 31 de Enero de 1962 José

Alfonso Aurrekoetxea, nuevo presidente de la sociedad, solicita con carácter retroactivo el permiso de construcción y el uso de media hectárea de terreno. Aprobado todo ello en pleno extraordinario del Ayuntamiento de Zeanuri y recibida la conformidad de Orozko, se fijaron las condiciones de disfrute con vigencia por 30 años, con una cuota de 250 pesetas. Ve la misma se haría llegar a Orozko su parte correspondiente.

Durante la década de los años setenta, la situación del refugio fue pasando por diferentes fases. Ya en 1973 se prevé la posibilidad de ampliarlo, debido a la cantidad de socios que solicitan ocuparlo. Y así, en la Asamblea Ordinaria del 21 de Enero de 1973 se aprueba junto a la construcción del WC la realización de un proyecto y estudio para su ampliación.

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En la Asamblea del año siguiente, el 21 de Enero de 1974, aún teniendo un permiso verbal del ayuntamiento de Zeanuri, se desestimará por mayoría la realización de las obras de ampliación por problemas económicos. Sin embargo a finales de ese mismo año se vuelve a plantear el problema en una reunión de la Junta Directiva celebrada el27 de Diciembre, contemplándose esta vez dos opciones:

  •  Ampliación con un coste aproximado de 500.000 pts
  •  Construcción de uno nuevo, cuyo coste oscilaría entre 5.000 y 10.000 pts / m2 ya construido.

El día 26 de Enero de 1975 en Asamblea Ordinaria se aprueba la segunda opción. A partir de este momento habrá un profundo estudio para comprar terrenos para la realización del nuevo refugio. Así antes del verano se elige un terreno de 10.000 m2situado en el lugar denominado "Agiñeta", en el macizo de Gorbea y en Agosto de ese mismo año se hace entrega a su propietario de 100.000 pts posponiendo el siguiente pago para el primer semestre de 1976, fecha en la que se deberían firmar las escrituras.

No obstante aunque, a pesar de que todo parecía dirigido a utilizarlo para la construcción de un nuevo refugio, se decide a la vez reparar en el menor plazo posible el' de Arraba. Las reformas, realizadas durante 1976, se concretaron en la construcción de un nuevo edificio lateral con ducha, lavabo y servicio, la colocación de un nuevo depósito de agua con 800 litros de capacidad, así como de una acera alrededor del refugio.

Por fin, en octubre de 1976 se firman las escrituras de la compra de los terrenos de "Agiñeta" sin otros comentarios por parte de la Junta Directiva respecto a su uso. Tres años más tarde, el propósito de la Asamblea dará un giro considerable, al encargar a su presidente que intente la permuta del mencionado terreno por otros en Arraba. Así pues, queda patente el interés que las diferentes juntas directivas han tenido por mejorar o ampliar el refugio para el mejor uso y disfrute de los socios.

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Además de las ya reseñadas conviene citar algunas otras porque supusieron en su momento actuaciones importantes cara a aumentar las comodidades del refugio y que hoy día todavía perduran; Durante la Semana Santa del año 1970 se instaló un sistema para tener agua caliente y en Octubre de ese mismo año se construyó la primera leñera.

En Julio de 1972 se aprobó la compra de lumogases de butano en sustitución de los candiles. Durante varios fines de semana de la primavera del año 1989 se plantaron árboles autóctonos haciendo un pasillo desde la puerta de Arraba al refugio. En el verano de 1990 se construye la nueva y actual leñera.

Aunque en diversas ocasiones la directiva del Ganguren intentó hacerse con la propiedad del refugio proponiendo la permuta de terrenos con Aguiñeta, en 1992, expirado el plazo del acuerdo, se renovó el contrato de alquiler con las siguientes cláusulas:

  • 1. El Ayuntamiento de Zeanuri cede el uso del Refugio de Montaña de Arraba, sito en el monte Gorbea, al Ganguren Mendi Taldea, que acepta la cesión del uso del mismo a actividades y albergue de montaña.
  • 2. La duración se fija en seis años prorrogables por períodos de cuatro años, a petición de Ganguren Mendi Taldea y siempre que se realice de mutuo acuerdo. El Ayuntamiento de Zeanuri podrá denunciar el contrato por incumplimiento por parte de Ganguren Mendi Taldea de alguna / s de las cláusulas del presente contrato durante la vigencia del mismo.

•3. La renta que Ganguren Mendi Taldea deberá abonar al Ayuntamiento de Zeanuri, será de veinticuatro mil pesetas durante el primer año. Dicha cantidad se verá incrementada anualmente de acuerdo con el índice de precios al consumo.

  • 4. Las obras de mantenimiento y conservación del inmueble serán por cuenta de Ganguren Mendi Taldea siendo necesario en todo caso para su realización, disponer de la correspondiente licencia extendida por el Ayuntamiento de Zeanuri.
  • 5. Ganguren Mendi Taldea se compromete a establecer un sistema de vigilancia y control, así como el Reglamento de Régimen Interior para uso y disfrute del Refugio.

6. El Ayuntamiento podrá reservar el refugio durante 15 días a lo largo de todo el año siempre que se comunique su intención de hacer uso de las mismas con un mes de antelación.

El precio / plaza de estas reservas será facturado de acuerdo con las tarifas correspondientes a los socios de Ganguren Mendi Taldea.

Disposición adicional.- Si Ganguren Mendi Taldea no utilizase el refugio durante los días 30 y 31 de julio, podrá hacerlo el Ayuntamiento de Zeanuri.

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